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Art. 21 Ley Orgánica de Educación "Organización del Estudiantado"

COMPAÑERO UNISTA NECESITAMOS DE TUS COMENTARIOS DEL ART 21 DE LA LEY ORGANICA DE EDUCACION, POR FAVOR DEJA TUS COMENTARIOS EN.

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Acorde al Artículo 21 de la Ley Orgánica de Educación (2009) “Organización del Estudiantado”, cita: “En las instituciones y centros educativos en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo se organizarán consejos estudiantiles, sin menoscabo de otras formas organizativas, destinadas a promover la formación de ciudadanos y ciudadanas mediante la participación protagónica y corresponsable del estudiantado, tomando en cuenta las especificidades de cada nivel y modalidad. Estas organizaciones estudiantiles actuarán junto con la comunidad educativa en los diferentes ámbitos, programas, proyectos educativos y comunitarios, ejerciendo sus derechos y deberes como seres sociales, en un clima democrático, de paz, respeto, tolerancia y solidaridad. Las organizaciones estudiantiles se regirán por la normativa que al efecto se dicte”. (p.22).

A continuación se proponen las siguientes definiciones relacionadas a los Consejos Estudiantiles. Analízalas y si quieres elabora una definición al respecto. Posteriormente se te adicionan cuatro (4) preguntas para recoger tu apreciación acerca de esta temática.


Definiciones de los Consejos Estudiantiles en la Universidad Nacional Abierta

1. Subprograma Servicios al Estudiante.

En el ámbito de la Universidad Nacional Abierta los Consejos Estudiantiles, constituyen:
una organización de estudiantes ordinarios que se genera en el contexto académico-social de la Universidad Nacional Abierta a nivel nacional; paralelas a las Asociaciones Estudiantiles, con funciones diferentes a éstas. Dichas organizaciones mantiene su espacio dentro de la Institución y se dedica a propiciar actividades educativas, sociales, culturales, deportivas y comunitarias organizadas por y para los estudiantes de manera participativa, democrática y con base a los valores de pertenencia, construcción social y solidaridad proyectada en la acción sistémica de la UNA a fin de coadyuvar y solventar los problemas sociales de comunidad-universidad a través de los distintos programas de Bienestar Social que forma parte integral de los programa de atención integral a los estudiantes ordinarios y las estudiantes ordinarias del Subprograma Servicios al Estudiante adscrita al Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional Abierta (UNA).

2. Vicerrectorado Académico.
Los Consejos Estudiantiles en el ámbito de la Universidad Nacional Abierta, y sobre la base de lo expresado en el artículo 21 de la Ley Orgánica de Educación, constituyen formas de organización estudiantil que, paralelas a las Asociaciones Estudiantiles y por ende, con funciones diferentes a éstas, tienen como funciones esenciales propiciar el acercamiento y la participación de los miembros de toda la comunidad universitaria, a través de los distintos programas de Bienestar Social que, a su vez, forman parte del Sub-programa Servicios al Estudiante.

3. Prof.- Omaira Cordero.
Los consejos estudiantiles son instancias de participación e integración entre las diversas organizaciones estudiantiles, con objetivos e intereses comunes, con el propósito de ejercer acciones directas en los programas y proyectos orientados a responder a las necesidades de toda la comunidad estudiantil, en las áreas de atención integral al estudiante, promoción de actividades culturales, científicas, deportivas y recreativas, grupos ecologistas, entre otros.

Estudiante: A propósito de las definiciones anteriores, deseamos consultarte las siguientes preguntas:

1. ¿Crees tú que los consejos estudiantiles deben coexistir con otras formas de organización estudiantil como las asociaciones estudiantiles UNA?

2. Si tu respuesta a la Pregunta Nº 1: Sí, ¿Cuál crees tú que son las diferencias entre los Consejos Estudiantiles y las Asociaciones Estudiantiles UNA?

3. ¿Cuáles consideras tú que serían los principales derechos de los Consejos Estudiantiles?

4. ¿Cuáles serían, a tu modo de ver, tus deberes?
Publicado por UNA Imagen universitaria

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